La justicia procedimental y la justicia de reconocimiento en la energía eólica en Galicia
12 julio, 2019
Autor: OEGA
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Desde el Observatorio Eólico de Galicia se considera necesario avanzar en los niveles de justicia procedimental y justicia de reconocimiento en los procesos de desarrollo de la energía eólica en Galicia. Para lo que sería urgente la aplicación de cambios normativos que permitan mayor participación de los agentes locales en los procesos de planificación y decisión y que favorezcan el reconocimiento de todos los agentes afectados en los procesos eólicos.
¿En qué consiste la justicia procedimental referida a la energía eólica?
En el caso de la energía eólica, la justicia procedimental se vincula con los niveles de participación de la comunidad local en la planificación energética, tanto en la definición de los lugares más adecuados para asentar los parques eólicos como en las formas en que la comunidad puede participar durante todo el proceso. Gross (2007) señala que los principales principios de la justicia procedimental son la plena participación en el proceso, la capacidad de expresar sus opiniones libremente y de ser escuchado (voz), ser tratado con respeto, recibir información adecuada y la imparcialidad del tomador de decisiones.
¿Cuáles son las posibilidades de participación en los procedimientos eólicos en Galicia?
El marco regulador de la energía eólica en Galicia limita la participación de las comunidades locales casi exclusivamente a los procesos de información pública. De este modo, la solicitud de autorización, el proyecto de ejecución, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, la solicitud de declaración de utilidad pública y la evaluación de impacto ambiental se exponen al público por un período de 30 días, plazo en el que se pueden presentar alegaciones. Con las modificaciones legislativas del año 2017, para los proyectos de parques eólicos declarados cómo Proyectos de Especial Interés los plazos son aún más reducidos, de apenas 15 días..
¿En qué consiste la justicia de reconocimiento referida a la energía eólica?
La justicia de reconocimiento en el caso de la eólica se refiere a la representación justa y la existencia de derechos políticos completos en los procesos vinculados con la implantación energética. Pueden existir varias categorías principales de falta de reconocimiento: dominación cultural, falta de reconocimiento y falta de respeto. Jenkins (2016), en el caso de la eólica, señala que en ocasiones los promotores ridiculizan las campañas locales contra los parques eólicos cómo protestas de No En Mi Patio Trasero (NYMBY, por sus siglas en inglés) a pesar de existir argumentos relevantes.
¿Existen conflictos socioambientales de oposición a parques eólicos en Galicia?
Desde el año 2010 han aparecido diferentes conflictos socioambientales vinculados con parques eólicos en Galicia, siendo posiblemente el de la Serra do Gallinero (https://serragalinheiro.wordpress.com/) el más relevante, con miles de personas movilizándose en el monte y con los propietarios vecinales de los terrenos afectados oponiéndose a los proyectos. Otros ejemplos relevantes pueden ser los del Morrazo (https://defendeomorrazo.wordpress.com) o el de la Serra d´A Groba (Val Miñor, Pontevedra; http://sosgroba.blogspot.com). Recientemente han aparecido nuevos conflictos eólicos como los de la provincia de A Coruña en la zona de Ordes o de Coristanco y los de la provincia de Lugo como el de la Serra do Oribio.
Referencias:
Gross, C. (2007). Community perspectives of wind energy in Australia: The application of a justice and community fairness framework to increase social acceptance Energy Policy 35 2727–2736 https://doi.org/10.1016/j.enpol.2006.12.013
Jenkins, K. (2016). ‘Sustainable Development and Energy Justice: Two Agendas Combined’, in Delivering Energy Law and Policy in the EU and US: A Reader, Heffron R.J., and Little G. (Eds). Edinburgh University Press: UK: 381-384.