Boom de peticiones de grandes parques eólicos a través del Ministerio
14 diciembre, 2020
Autor: OEGA
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Hasta ahora todos los parques eólicos existentes en Galicia tienen menos de 50 MW, siendo autorizados por la Xunta de Galicia. Sin embargo, desde hace unos años se observa como algunos promotores iniciaron el procedimiento para solicitar al Ministerio la autorización de diversos parques. Sobre esos intentos iniciales poco se sabe en la actualidad. En el último año el proceso de autorización desde Madrid tomó un nuevo impulso.
Desde lo Observatorio Eólico de Galicia hacemos un seguimiento de las diferentes fuentes que nos permiten acceder al estado de tramitación de esos parques eólicos. Fundamentalmente, son dos las fuentes:
La sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, donde se puede acceder la documentación de cada uno de los parques eólicos en tramitación, mediante este enlace. En la actualidad tenemos contabilizados 36.
El Boletín Oficial del Estado. Ningún parque eólico previsto en tierras gallegas alcanzó aún el Boletín del Estado. Eso significa que no hay ninguna petición de autorización previa (la primera fase del procedimiento de autorización que requiere publicación en el BOE) para ningún parque eólico de más de 50 MW en tierras gallegas.
En el mapa anexo se pueden consultar las principales características de esos 36 parques eólicos. Además, incluimos alguna información adicional en la Tabla que acompaña esta noticia.
Como se puede observar, los parques eólicos en tramitación totalizan más de 2.500 MW, lo que representa más de la mitad de la capacidad instalada en Galicia en el 2020. Se observa que el promotor más activo en esta vía es Greenalia, con cerca de 1.000 MW. El parque más grande es el propuesto por Desarrollos Renovables Iberia Gamma, SL, de 170,5 MW, y se proponen situarlo en el oriente gallego. Los aerogeneradores previstos van desde los 3 MW hasta los 6,2 MW. Estos aerogeneradores de potencia unitaria desconocida en Galicia son los propuestos por EDP Renovables para dos parques eólicos en la provincia de A Coruña.
El marco jurídico que regula la autorización de parques eólicos a nivel del gobierno español es diferente al que existe en Galicia. Entre las diferencias citamos las siguientes: la evaluación del impacto ambiental y su declaración son previas al inicio de la petición de la autorización de la construcción del parque eólico; esta autorización, incluidas sus instalaciones anexas (la línea de transporte de energía) se realiza en un único procedimiento administrativo; no existe procedimiento express en la información pública.
Segundo el establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, todos los proyectos que buscan su autorización por el Ministerio serán sometidos a evaluación ambiental ordinaria. De forma potestativa, algunos promotores solicitaron al órgano ambiental la emisión del documento de alcance del Estudio de Impacto Ambiental. Todas las peticiones de parques eólicos, según establece el artículo 34 de la mencionada Ley, deben someterse a unas actuaciones previas mediante la consulta a diversas administraciones y personas interesadas. En alguna de esas dos fases están la totalidad de los proyectos presentados al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.